viernes, 27 de agosto de 2010

“Grupos de Estudio y Trabajo” (GET)

Visto

La gran utilidad generada por el trabajo interdisciplinario realizado para alcanzar objetivos relevantes en distintos tópicos o áreas de trabajo de las carreras que imparte la FAUBA.

Que el sistema de Cátedras no es el marco más propicio para el crecimiento de la interacción entre disciplinas.

Que resulta conveniente dar un marco de contención y organización dentro de la FAUBA a los grupos de estudio y/o trabajo interdisciplinarios y de colaboración entre disciplinas.

Considerando

Que los antecedentes existentes de trabajo interdisciplinarios en la FAUBA muestran que este tipo de actividad no ha sido suficientemente impulsada y alentada.

Que existen tópicos y/o temas en los cuales trabajan muchos docentes e investigadores de nuestra Facultad en forma aislada y que, teniendo  superposición con el de otras disciplinas, no encuentran un marco adecuado para la búsqueda y el crecimiento de la acción colaborativa.

Que la creación e impulso de grupos de estudio y trabajo puede jerarquizar el tratamiento de distintos temas docentes, de investigación y de extensión.

Que la acción interdisciplinaria genera una acción sinérgica y puede llevar al mejor aprovechamiento de los recursos disponibles.    

Que el conocimiento de la existencia de los grupos que se proponen, ayuda a las autoridades de la Facultad a encauzar temas o inquietudes que requieran la visión interdisciplinaria sin que estos queden circunscriptos sólo a la competencia de una Cátedra.

El Consejo Directivo de la FAUBA resuelve

1.- Crear la figura institucional de “Grupos de Estudio y Trabajo” (GET) e impulsar y alentar la formación de los mismos.

2.- Establecer que su integración puede darse con la participación de cualquiera de las jerarquías docentes o de investigación que existen en la Facultad.

3.- Que las propuestas de creación de cada GET deberán ser aprobadas por el Consejo Directivo y evaluadas previamente por la Comisión de Planificación y Evaluación.

4.- Crear el registro de Grupos de Estudio y Trabajo de la Facultad dependiente de la Secretaría Académica y de la Secretaría la Investigación y Postgrado. Dicho registro mantendrá actualizado la nómina de GET y de sus integrantes.

5.- Establecer que cada GET podrá tener el ordenamiento interno que juzgue más pertinente pero deberá presentar a las secretarías correspondientes el nombre de un coordinador y de su suplente para facilitar la comunicación institucional.

6.- Que el funcionamiento de los GET no puede modificar, alterar, o complicar el funcionamiento de ninguna Cátedra o el dictado de una asignatura. Cada integrante de un GET debe solicitar por escrito al jefe de su Cátedra la autorización para integrar un grupo. Esta autorización será adjuntada a los registros GET al comienzo de la vinculación del integrante al grupo.

7.- Que en forma bianual cada GET deberá presentar al Consejo Directivo un informe de las reuniones y actividades realizadas en dicho período.

8.- De forma

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